PLAZOS DE RECLAMACIÓN Y DE PRESCRIPCIÓN DE LAS DEUDAS

Cantó Abogados destaca especialmente en los procedimientos dirigidos a la reclamación de deudas, por ello es de especial interés tener en cuenta los plazos de reclamación y de prescripción de las deudas.

Prescripción:

La deuda prescribirá dentro del plazo legal del tipo de deuda siempre y cuando el acreedor haya permanecido inactivo y no haya reclamado la deuda en el plazo de forma judicial o extrajudicial. Es decir, para que la deuda prescriba, tienen que cumplirse estos requisitos:

 

Plazo de prescripción de las deudas personales:

Desde la entrada en vigor de la ley 42/2015 que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, el plazo de las deudas de un contrato personal que no tenían señalados termino y prescribían a los 15 años han pasado a prescribir a los 5 años. Quedado del siguiente modo:

 

Algunos de los plazos de prescripción más típicos:

Entre los plazos de prescripción más habituales encontramos:

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